Superar las vulnerabilidades físicas, familiares, sociales y de sustento de los adultos mayores de 60 años es el nuevo reto pues su crecimiento poblacional es cada vez mayor. La Organización Mundial de la Salud estima que para el 2030 una de cada 6 personas en el planeta tendrá 60 años o más, para el 2050 mayor de 80 años se triplicaran de 140 a más de 420 millones, es inminente que los gobiernos atiendan esta circunstancia con gobernanzas eficientes.

El INEGI concluyó que, en el 2020, en nuestro país vivían más de 15 millones mayores de 60 años y proyecta que para el 2050 serán más de 33 millones; de esta población el 67 % no son económicamente activos. Es claro que el sistema de pensiones esta colapsado y que para esta población no tiene demanda laboral.

La “HIPOTECA INVERSA” ya es una figura que está contemplada por la Legislación de los estados de México, Jalisco, Guanajuato, Sonora e incluso la Cd de México, donde se establece que jurídicamente sea válido y viable financieramente, que las personas con esta condición de edad (mayores de 60 años) contraten para su sustento un mecanismo financiero que permita que sí son propietarias de un inmueble, puedan acceder al capital acumulado en su propiedad sin perder la titularidad de ésta. Un préstamo no ejecutable por la entidad crediticia hasta el fallecimiento del acreditado con condiciones para sus sucesores y por lo tanto éste pueda seguir beneficiándose de su inmueble, e incluso poder arrendarlo o usarlo hasta su fallecimiento.

Los entes financieros podrán aprovechar esta figura, pues actualmente las personas de mas de 60 años no soá consideradas con capacidad crediticia sustentable y eso les impide acceder a este mercado.

Existen otras acciones que deberemos implementar para el bienestar de los adultos mayores. Esta figura, la de la hipoteca inversa (ó también llamada hipoteca pensionaria), podría extenderse no solo a los adultos mayores, sino al resto de la población, pues quien cuente con una propiedad (con la edad que tenga), podría generar riqueza y economía activa al país, pudiendo acceder a este tipo de financiamiento. Con esta figura, el adulto mayor de 60 años, obtendría recurso
constante para su manutención, pagos mensuales o exhibición de tres meses ó más por una solo vez al año para temas de urgencias médicas. La tasa de interés no
debe ser más alta que la del interés legal.

El pensionista puede designar beneficiario. Los tutores pueden constituir una hipoteca inversa para la manutención del adulto mayor. Por otro lado para usar estas hipotecas pueden intervenir: personas físicas ó personas morales, instituciones del sistema financiero ó instituciones sociales, pero observamos que los Bancos no han visto con buenos ojos ésta figura y no la han promovido ó no le dan apertura como un servicio dentro de sus portafolios bancarios. El escenario de la inversión demográfica nos obliga a seguir buscando acciones que tiendan a garantizar la atención cada vez mas oportuna a quienes se encuentran en esta circunstancia de edad o condición de vida.