La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico al declarar la inconstitucionalidad del sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal. Esta decisión ha sido ampliamente celebrada por los defensores de los derechos reproductivos y las organizaciones que luchan por la igualdad de género.

La Primera Sala de la SCJN determinó que la penalización del aborto viola los derechos humanos de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar. El fallo se produce como resultado de un amparo presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y otras organizaciones en contra del Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por la emisión de regulaciones que criminalizan el aborto.

Esta histórica decisión tiene varias implicaciones:
1. Eliminación del delito de aborto. El Código Penal Federal eliminará el delito de aborto, lo que significa que ninguna mujer o persona gestante que interrumpa su embarazo enfrentará cargos penales por ello.

2. Acceso gratuito a servicios. Las instituciones de salud pública federales, como el IMSS, el ISSSTE y Pemex, estarán obligadas a brindar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en todo el país. Además, el personal médico de estas instituciones no podrá ser criminalizado por proporcionarlo.

3. Implementación obligatoria. La sentencia de la SCJN es de aplicación obligatoria para todos los jueces, tanto a nivel federal como local, quienes deberán implementar lo decidido por la Corte.
Esta decisión representa un gran avance en la lucha por los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar en México. 

Hace dos años, la SCJN anuló artículos del Código Penal de Coahuila que criminalizaban el aborto, un paso importante hacia la descriminalización del aborto en el país. Desde entonces, varios estados mexicanos han despenalizado el aborto, incluyendo la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz, Hidalgo, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo.