México.- En noviembre y diciembre los trabajadores mexicanos reciben el aguinaldo, correspondiente a lo trabajado durante el año, pero existen muchas dudas y entre las más sonadas es que este es merecido aun y cuando se haya renunciado o se haya despedido del empleo.
Lo que dice la Ley Federal de Trabajo es que sí, aunque hayas sido despedido de tu trabajo, puedes recibir lo proporcional proporcional al del año en turno; es decir, dependerá de los días que laboraste para la compañía.
De hecho, se detalla que, si la persona duró en el trabajo más de un año, lo mínimo que debe de recibir corresponderá a 15 días.
A las personas trabajadoras cuya relación de trabajo termine antes de dicha fecha (20 de diciembre), el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado al momento de la terminación de la relación laboral como parte de su liquidación o finiquito, señala la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Aquellos que decidieron abandonar la empresa antes del pago del aguinaldo tienen el derecho a solicitarlo, esto dicho por la Profedet.
Del mismo modo, este premio dependerá de los días que se trabajaron durante el año.
La propia Profedet aclara que el aguinaldo deberá de ser destinado a “las y los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes”. Con información de Excélsior






