Saltillo.- Coahuila modificó el Código Penal del Estado para cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con lo que se despenaliza de manera oficial el aborto.

Fue modificada la legislación en su Artículo 196 que anteriormente imponía de uno a tres años a las mujeres que voluntariamente practicaran el aborto.


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«El Artículo 196, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, expedido mediante Decreto Número 990, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, fue declarado inválido por sentencia de la SCJN, en el expediente relativo a la Acción de Inconstitucionalidad No. 148/2017», indica la modificación.

También se invalida el artículo 198 con el que se impedía que una mujer fuera asistida por personal sanitario en esta práctica.


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Al igual fue desechado el artículo 199 en el que se criminalizaba el aborto y se imponía un límite de 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación.

Con estas modificaciones al Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza el aborto en la entidad no podrá ser penalizado. 


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