La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles la despenalización del aborto en caso de violación.

Los magistrados resolvieron un amparo que promovieron representantes de una menor de edad de Chiapas, con parálisis cerebral y víctima de una violación. 

A la menor se le negó la práctica en octubre de 2018 en el Hospital General de Tapachula. 

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El hospital argumentó que el impedimento establecido por el Código Penal del Estado, además de considerar la cirugía como de alto riesgo por el tiempo de gestación. 

«El Estado no puede obligar a la mujer víctima de violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficios de terceros o del interés general», resolvió la Primera Sala. 

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«Establecer una limitación temporal para que no se le aplique la sanción del delito de aborto, desconoce la naturaleza de las agresiones sexuales y las afectaciones a la salud mental que éstas generan a las víctimas de delitos sexuales», indicaron.

Chiapas, Baja California, Colima, Chihuahua, Hidalgo, Veracruz y Quintana Roo establecen un plazo de 90 días como límite temporal para la práctica de un aborto a un embarazo producto de una violación.

En Estados como Coahuila, Campeche y Michoacán es de 12 semanas. 

Con información de Excélsior