Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválidas las disposiciones de dos municipios de Morelos que establecían sanciones económicas de hasta 2 mil 838 pesos a las personas que durmieran en la vía pública. El fallo, aprobado por unanimidad, subraya que dormir es una necesidad básica y que ninguna autoridad puede castigar a alguien por carecer de un techo donde descansar, al tratarse de una medida discriminatoria que vulnera la dignidad humana.
El Alto Tribunal determinó además la invalidez de otras normas municipales que penalizaban conductas ambiguas como “alterar el orden”, “provocar escándalo” o “insultar a la autoridad”, al considerar que su redacción abría la posibilidad de interpretaciones arbitrarias y abusos de poder. La resolución establece que estas disposiciones no contribuyen al orden público, sino que refuerzan la exclusión y perpetúan la desigualdad social.
La Corte enfatizó que los gobiernos locales no pueden criminalizar la pobreza mediante sanciones administrativas y los exhortó a enfocar sus esfuerzos en políticas públicas que atiendan las causas sociales de la marginación. Con esta decisión, el máximo tribunal reafirma la protección del derecho a la dignidad y el principio de igualdad, pilares fundamentales del Estado mexicano.







