México.- Emilio Lozoya Austin, exdirector de PEMEX fue ratificado del amparo por un tribunal federal, luego de que impugnara que la Fiscalía General de la República rechazara entregarle copuas de la carpeta de investigación del caso Odebrecht.
La resolución ordena a Kristian Javier Jiménez Hernández, agente del Ministerio Público Federal, titular de la Unidad de Investigación en la CGI “B”, en la Dirección General de Asuntos Especiales, que deje sin efectos la determinación que tomó el 21 de junio de 2022, en la carpeta de investigación FED/SEIDF/CGI-CDMX/0000117/2017, donde negó los documentos al ex funcionario.
Jiménez Hernández está obligado a emitir un nuevo acuerdo en el que responda nuevamente a las solicitudes de Emilio Lozoya y su defensa, y notificar su determinación dentro de un plazo legal.
Por unanimidad, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México ha confirmado la sentencia dictada por Sandra Leticia Robledo Magaña, jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, en enero de este año.
Según consta en el expediente, el amparo fue presentado por Alejandro Rojas Pruneda, abogado de Emilio Lozoya, quien buscaba protección judicial debido a que el agente del Ministerio Público se negó a entregar las copias solicitadas.
Durante el juicio, el agente del Ministerio Público Federal argumentó que los demandantes se habían desistido de obtener las copias, pero la jueza de amparo determinó que la constancia presentada por Jiménez Hernández era del 25 de junio del año pasado, lo cual no correspondía al acto que Emilio Lozoya cuestionaba.
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Kristian Javier también afirmó que el ex director de Pemex ya había recibido copias de la carpeta de investigación desde 2020. Sin embargo, la jueza señaló que la ley no limita la cantidad de veces que se pueden obtener las mismas copias y mucho menos se pueden establecer condiciones al quejoso.
En consecuencia, se ha concedido el amparo y protección de la Justicia de la Federación a Emilio Lozoya para que Kristian Javier Jiménez Hernández deje sin efectos la determinación del 21 de junio de 2022, tal como establece el fallo de primera instancia que acaba de ser ratificado por el Tribunal de Alzada.







